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Confirman devolución de Ganancias a partir de Agosto




El Impuesto a las Ganancias hasta diciembre de 2020 alcanzaba a haberes mensuales que superaban el monto equivalente a seis jubilaciones mínimas vigentes para cada mes.


A partir de enero de 2021, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 27.346, dicho monto se elevó a ocho jubilaciones mínimas vigentes para cada mes.


Por lo tanto, quienes tengan una jubilación por debajo de los haberes mínimos, lo que equivale a $184.500, no tendrán que pagar este impuesto y recibirán un reintegro por lo pagado en julio.

El error de cobro fue realizado debido a que desde el ANSeS ya se había realizado la liquidación de las jubilaciones de julio cuando se sancionó el nuevo reglamento del impuesto a las ganancias.


A esto se le suma el hecho de que los beneficiarios que quieran entrar en esta devolución, sólo lo podrán hacer si no tributan el Impuesto a Bienes Personales y no tienen otros ingresos -en caso de tenerlos no pueden ser mayores a los $167.678 que establece el nuevo reglamento-.


En total, se verían beneficiados con la nueva disposición unos 130.000 jubilados y pensionados de la ANSeS que dejarían de pagar el impuesto, mientras que otros 30.000 pagarán menos.


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